miércoles, 22 de agosto de 2012

Figuras de protección I: Parques Nacionales


¿En qué se diferencian un Parque Nacional, un Parque Natural y un Parque Temático? No, ni es el comienzo de un chiste ni he perdido el enfoque de la realidad. La pregunta en un primer momento puede parecer estúpida, pero después de unas reflexiones es posible que cobre sentido. Voy a elaborar una serie de entradas sobre las figuras de protección que existen en España y su utilidad, desde el punto de vista del ambiente (territorios, especies, personas). Para empezar, la figura más conocida y, supuestamente, de mayor protección para una zona: los Parques Nacionales.

Empecemos por lo común, la definición. Según la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales, estos se definen como “espacios naturales de alto valor ecológico y cultural, poco transformados por la explotación o actividad humana que (…) poseen unos valores (…) destacados cuya conservación merece una atención preferente y se declara de interés general del Estado”. Las partes omitidas enumeran una serie de características que os podéis imaginar: la belleza de los paisajes, la representatividad de los ecosistemas, la singularidad, los valores ecológicos o culturales…

El Parque Nacional de las Tablas de Daimiel posee importantes humedales. (@josangel_temporal, Flickr)


La Red de Parques Nacionales puede consultarse en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, que el Gobierno de turno llama “Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA)”, pero que en el futuro puede tener cualquier otro nombre, que previsiblemente contendrá la coletilla “medio ambiente”.

En los últimos años, se han incorporado unos cuantos parques a la Red, siendo el próximo en llegar, de forma confirmada, el Parque Nacional de las Cumbres del Guadarrama, el primero que contendrá territorios de la Comunidad de Madrid y que viene precedido por un largo periodo de polémicas tanto por la elección de su emplazamiento como por la redacción de los documentos que deben regir su funcionamiento, esto es, el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) (el enlace lleva al PORN de la Sierra de Guadarrama, precursor de la propuesta del Parque Nacional) y el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG).

Al cabo, hay que alegrarse de la creación de una nueva zona protegida. ¿O no? Sobre el papel, la declaración de Parque Nacional es una buena noticia para la conservación de una zona hablando de su paisaje, ecosistema, biodiversidad y valores naturales. Pero la realidad puede ser muy distinta si las cosas no se hacen bien.

El siguiente Parque que verá la luz está aún en la fase de los Estudios Previos y debería ser un parque que represente un ecosistema árido. Hasta el momento se han presentado dos proyectos en dos zonas eminentemente desérticas: Almería y Fuerteventura. El espacio tiene el nombre provisional de Parque Nacional de las Zonas Áridas, aunque supongo que no es definitivo y que será una vez elegida la zona que lo albergará cuando reciba su denominación final.

¿Y por qué no se pueden elegir las dos zonas? Muy sencillo, porque la Ley contempla este caso y determina que solo puede existir un Parque Nacional por cada sistema natural. Estoy seguro de que, a nivel de sus valores naturales, las dos regiones merecen la protección, pero por cuestiones burocráticas una de ellas se quedará fuera.

El Parque Nacional de Monfragüe alberga una importante población de buitres negros. (@RensKokke, Flickr)
Esto es una aberración si se da el caso de que ambos territorios alberguen especies endémicas o paisajes de especial relevancia. No conozco a fondo las propuestas pero imagino que la perdedora podrá enseñar lugares de verdadera importancia que no habrán conseguido el nivel de protección por una cuestión legal, no por motivos puramente ecológicos. Espero poder escribir sobre este asunto cuando tenga algo más de información en mis manos.

En la próxima entrada comentaré las características principales de los Parques Naturales y estableceré algunas comparaciones, para poder determinar el nivel de protección de cada uno, su compromiso con las áreas naturales y con la población y, de esta manera, formar una opinión sobre las bondades e imprecisiones de cada figura.

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